Los gastos que se incluirán en la desgravación son los de inscripción, la matrícula, la asistencia y la alimentación. Estos aplican para cualquier guardería o centro de educación infantil, aunque solamente se podrá deducir los gastos en los meses que estén pagos por completo. A su vez, a estos gastos se le tendría que restar el dinero de las subvenciones, ayudas públicas y las rentas exentas en el IRPF.
“La deducción por gastos de guardería es uno de los cambios fundamentales en este nuevo ejercicio de la declaración de la renta. Las guarderías contribuyen al desarrollo del niño en su etapa más importante, donde inicia los vínculos sociales y aprende a relacionarse. Por ello, resulta fundamental ayudar a que los progenitores tengan establecimientos de confianza donde puedan dejar a sus hijos mientras ejercen en sus trabajos y no pueden hacerse cargo durante algunas horas del día”, explica López, del despacho Sanahuja Miranda.
A diferencia de la deducción por maternidad que puede ser solicitada de forma anticipada, la deducción de gastos por guardería se podrá hacer únicamente en el momento de realizar la declaración de la renta. Para cobrar el importe, se deberá indicar en el IRPF de 2018, y sucesivos, la cantidad invertida en estos gastos, pero previamente, el centro infantil es quien debe indicarle a Hacienda las cantidades no subvencionadas que están pagadas a través del modelo 233. Este modelo incluye los datos de la madre o de la persona encargada del niño, los datos del niño, los datos del otro progenitor, los gastos anuales pagos, el importe subvencionado y los meses completos en los que el niño asistió al centro.
Fuente: diariojuridico.com