Desde 2015 es posible divorciarse sin necesidad de pasar por el Juzgado.
La Ley de Jurisdicción Voluntaria otorgó competencias a los notarios para formalizar divorcios, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- 1.- Que el divorcio sea de mutuo acuerdo.
- 2.- Que hayan transcurrido más de tres meses desde que se celebró el matrimonio.
- 3.- Que no existan hijos menores o con la capacidad modificada judicialmente.
- 4.- Que la mujer no se encuentre embarazada cuando se inste el divorcio.
Esta posibilidad brinda a los cónyuges la posibilidad de obtener el divorcio de un modo mucho más rápido que si acudiera a los Juzgados.
¿Cuál sería el procedimiento? Los cónyuges tienen que contar con la asistencia de un letrado. Éste deberá de redactar un convenio regulador que será el que se protocolice y se eleve a público en notaría, donde los cónyuges deberán de manifestar su voluntad de divorciarse, siempre asistidos por su letrado.
¿Qué coste tiene? Los cónyuges deberán de atender los honorarios de letrado y de notario. Ambas dependerán de si en el divorcio se incluye o no la liquidación de gananciales. Es conveniente solicitar presupuesto a ambos profesionales antes del encargo en firme de la gestión.
¿Qué documentación es necesaria? Será necesario que los cónyuges aporten el DNI de cada uno de ellos, el libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de los hijos, certificado de empadronamiento y el convenio regulador.
En DELTA ABOGADOS tenemos amplia experiencia en la tramitación de este tipo de divorcios. No dude en solicitar presupuesto.