Es posible que en ciertos encuentros familiares o sociales se ingieran bebidas alcohólicas y creamos que estamos aptos para conducir. Si en el control de alcoholemia preventivo o provocado sobrepasamos los límites de alcohol establecidos en el Código Penal, es decir, más de 0,6 miligramos por litro en aire espirado o 1,2 gramos por litro en sangre, nos veremos sometidos a un juicio rápido por alcoholemia de carácter penal.
Salvo cierta casuística anecdótica, sobrepasar esos índices siempre va a implicar la condena por el delito contra la seguridad vial, lo que implicará la retirada del permiso de conducir y la pena adicional de meses de prisión o multa económica o trabajos en beneficio de la comunidad.
La primera misión del Abogado en estos casos será la de detectar causas que pueden anular la validez de las pruebas de alcoholemia y hacer valer los márgenes de error de los aparatos medidores de alcohol que pueden dar lugar a la absolución penal del cliente acusado. En otro caso, el Abogado minimizará los perjuicios para el cliente, asesorándolo correctamente, intentando reducir la condena lo máximo posible.
Para ello es necesario un conocimiento exhaustivo de la ley y de la práctica de los Tribunales. Delta Abogados ofrece el asesoramiento en juicios rápidos de alcoholemia.