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Análisis sobre la Directiva Europea de Insolvencia

El Consejo General de Economistas, a través del Registro de Economistas Forenses (REFOR) –órgano especializado del citado Consejo en economía forense– ha analizado la Directiva de Insolvencia aprobada por el Consejo de Europa el pasado 6 de junio (aún pendiente de su publicación en el DOUE), destacando que la norma intensifica los aspectos económico-empresariales de la insolvencia y una resolución de la misma más rápida y eficiente, tomando como modelo el procedimiento del Capítulo 11 de la Ley de Quiebras de los Estados Unidos. Para los economistas forenses del Consejo General, otro aspecto importante de esta Directiva es que otorga más peso a la segunda oportunidad al reducir el plazo de condonación de deudas de 5 años –plazo actualmente vigente en España– a 3 años, con lo que se pretende contribuir a una mayor utilización de este procedimiento por parte de empresarios. No obstante, los economistas del REFOR manifiestan su preocupación por el hecho de que se hayan mantenido posibles excepciones para el crédito público que, en el caso de nuestro país, podrían mantener los privilegios que tienen actualmente. Asimismo, en cuanto al tratamiento de las pymes en el texto de la norma, entienden que, si bien ha mejorado el contenido relativo a las pymes en la Directiva, se sigue echando de menos un capítulo específico dedicado a pymes y especialmente micros y pequeñas empresas, que en Europa representan el 99,8%.

En relación a esta norma, el presidente del Consejo General de Economistas, Valentí Pich, ha afirmado que “el texto de la Directiva es flexible y abierto y habrá que esperar a ver cómo se va a trasponer en cada país”. Según Pich, “en un contexto de una cierta desaceleración de la economía europea, la nueva Directiva puede contribuir a un tratamiento más eficiente de los concursos de acreedores, incrementando la visión económico-empresarial de las insolvencias, contribuyendo a robustecer el tejido empresarial y favoreciendo la utilización de los mecanismos de segunda oportunidad, los acuerdos de reestructuración y la refinanciación por parte de los empresarios”.

Por su parte, el presidente del Registro de Economistas Forenses (REFOR), Alfred Albiol, entiende que la Directiva de Insolvencia va a establecer importantes cambios en el papel de los profesionales que intervienen en estos procedimientos. Para Albiol, “el indiscutible impulso que la Directiva otorga a las operaciones de refinanciación y reestructuración empresarial apunta a una intervención temprana de los profesionales de la insolvencia. Es decir, la Directiva va a impulsar la refinanciación y reestructuración de las empresas adelantando la actuación de los profesionales de la insolvencia a partir de las alertas tempranas que se van a establecer. Incluso será posible incrementar el plazo de estos acuerdos de refinanciación hasta 12 meses, frente al vigente plazo nacional de 4 meses”

Finalmente, el presidente del REFOR, Alfred Albiol, siguiendo informes del servicio de estudios del REFOR, ha afirmado que “la aprobación de esta Directiva llega en un momento muy oportuno atendiendo a las previsiones que, según diversas fuentes, apuntan a un aumento de las insolvencias en la mayoría de los países de la Unión Europea”.

Otro aspecto que ponen de manifiesto desde el REFOR es el caso concreto de la regulación concursal en España respecto de la europea, ya que el borrador de texto refundido de Ley Concursal ha quedado atrasado con respecto al texto de la Directiva antes incluso de aprobarse. En este sentido, el informe del Consejo General de Economistas al texto refundido de la Ley Concursal, presentado en abril 2019, proponía retrasar este texto a la transposición de la Directiva Europea y plantear reformas más en profundidad para su adecuación.

Entre las principales características de la nueva Directiva, desde el REFOR destacan las siguientes:

  • Reducción del plazo de condonación de deudas de 5 a 3 años para facilitar la segunda oportunidad.
  • Impulso de la alerta temprana de la insolvencia y acceso a la información.
  • Incremento de los marcos de reestructuración preventiva.
  • Mayor facilidad para negociaciones sobre los planes de reestructuración.
  • Suspensión de las ejecuciones singulares: los deudores podrán disfrutar de una suspensión de las ejecuciones singulares para favorecer las negociaciones de un plan de reestructuración.
  • Facilidad en la exoneración de deudas.
  • Relación de la nueva Directiva de Insolvencia con el proyecto europeo para la unión de los mercados de capitales para suprimir los obstáculos que impiden la inversión transfronteriza y proporcionar nuevas fuentes de financiación a las empresas, especialmente a las pequeñas y medianas empresas
  • Las medidas introducidas por la nueva Directiva podrían contribuir a reducir los créditos fallidos, NPLs, (por sus siglas del inglés non performing loans) sobre los que actualmente existe una honda preocupación en la UE.

Fuente: Diariojuridico.com