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El DIARIO CÓRDOBA se hace eco de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Córdoba en la que se confirma otra del Juzgado de Primera Instancia nº 11 que establece que: los pactos de renuncia de acciones en materia de contratación hipotecaria son nulos si el consumidor no tiene conocimiento de las consecuencias económicas y jurídicas de dicha renuncia.