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RECLAMACIÓN A LAS ENTIDADES FINANCIERAS DEL IMPUESTO DE TRANSMISIONES POR EL AVAL EXIGIDO PARA GARANTIZAR UN PRÉSTAMO YA EXISTENTE

BANCO

En los supuestos que una entidad financiera nos exige un aval para garantizar un préstamo que ya estaba constituido con anterioridad (algo muy frecuente en las subrogaciones-novaciones de préstamos hipotecarios), hay que pagar el ITPAJD por la constitución de dicho aval. Es la entidad financiera quien tiene la obligación de pagar el mencionado impuesto, aunque es una práctica muy frecuente de las mismas imponerle el pago al ciudadano deudor del préstamo.

En el caso de que el deudor haya pagado ese impuesto, puede exigir el reembolso con sus correspondientes intereses a la entidad financiera y nuestros tribunales tienen ya asentada doctrina en este sentido.

En DELTA ABOGADOS estamos realizando dichas reclamaciones judiciales en favor de nuestros clientes con resultados siempre positivos.